Estatuto Laboral de los Trabajadores de Call Center

callEn las personas jóvenes, aquellas que están iniciando su vida laboral, es muy común oír hablar de los trabajos en call center. Es por eso que en la actualidad, el Gobierno pondrá urgencia a un proyecto que regula trabajo en Call Centers con el fin de mejorar las condiciones.

Están en la etapa de revisión final para aumentar las multas a los empleadores del sector, frente al incumplimiento de la normativa laboral en cuanto a jornadas y condiciones de trabajo.

El hecho de crear un Estatuto Laboral para los Trabajadores de Call Center, tiene como finalidad, regular el sector, especialmente en lo que se refiere a las jornadas laborales. Principalmente uno de los problemas del sector es que los empleadores prefieren pagar las multas, en vez de responder a las demandas de los trabajadores y del Código Laboral.

Condiciones del Estatuto Laboral para Call Centers:

La senadora Alvear presentó una moción para que se establezca un contrato especial de teleoperador, definiéndolo como aquel trabajador que presta servicios en “un contact center.”

El texto contiene una regla especial de transformación de contrato por obra a contrato indefinido: 240 días en un período de 12 meses. Regula el sistema de turnos (No podrán considerar turnos nocturnos para un trabajador por más de 2 semanas consecutivas) y de descansos (15 minutos cada 2 horas -distribuidos por el empleador- y suspensión de 15 segundos entre llamados).

Se indica que las empresas deberán respetar condiciones ambientales, como iluminación, temperatura, humedad, espacio mínimo individual y ruido del lugar de trabajo, además de permitir el libre acceso a servicios higiénicos y practicar exámenes médicos, cada 6 meses, a los teleoperadores.

En la actualidad, existe un nuevo tipo de contrato que rige para jóvenes entre 18 y 24 años de edad, que acrediten su calidad de estudiantes en una institución de educación superior reconocida por el Estado.

En dicho contrato se establece jornadas más flexibles y opciones para la cobertura de salud, éstas son algunas de las características que presenta el nuevo Estatuto Laboral para jóvenes que se encuentren estudiando en la educación superior, proyecto que fue presentado a la Comisión de Trabajo.

Este contrato laboral para jóvenes, sólo lo podrán celebrar los “trabajadores estudiantes”, entendiéndose estos por jóvenes que cumplan los siguientes requisitos copulativos:

-Tener entre 18 y 24 años de edad.

-Estar cursando estudios regulares en una institución de educación superior reconocida por el Estado. Dicha calidad se acreditará mediante certificado de alumno regular vigente, entregado al empleador cada 6 meses y anexado al contrato.

Los jóvenes podrán tener jornadas de trabajo de máximo 30 horas semanales, no pudiendo pactarse horas extraordinarias ni distribuirse en más de seis días seguidos. Además, se permitirá pactar distintas alternativas de distribución en el contrato de trabajo, debiendo notificar con siete días de anticipación el cambio de distribución.

Además la jornada diaria podrá ser interrumpida, pero entre su inicio y término no podrán transcurrir más de 14 horas continuas (sumados los períodos trabajados y las interrupciones) y las horas trabajadas no podrán ser superior a doce. Todo lo anterior, en un período de 24 horas.

También se establece un descanso ininterrumpido de a lo menos diez horas, dentro de un período de 24 horas. Además, cada cinco horas de trabajo continuo, tendrá derecho a lo menos a media hora de descanso y colación, la cual no será imputable a la jornada.

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