Subsidio de Cesantía

El Subsidio de Cesantia permite a trabajadores que se encuentran cesantes acceder a una ayuda económica mensual, por un período máximo de 360 días, que da determinados derecho.

Derechos:

  • Asistencia médica gratuita en los consultorios y hospitales del Servicio Nacional de Salud.
  • Recibir Asignación Familiar y/o Maternal por sus cargas reconocidas.
  • Asignación por muerte, en caso de fallecer.

El beneficio debe ser solicitado ante la institución previsional que corresponda al trabajador subsidiado (IPS o caja de compensación).

Ésta también será la encargada de su pago, por mes vencido, desde la fecha de presentación de la solicitud hasta que se cumplan los 360 días.

El Subsidio de Cesantía es incompatible con cualquier actividad remunerada.
El monto mensual del subsidio es fijado anualmente y varía según el período en que el beneficiario se encuentre cesante.
El trámite se puede realizar durante todo el año.

Consiste tramitar una pensión ya sea de Invalidez, de vejez y de deficiencia mental, equivalente a media pensión mínima reajustable según IPC.

Como mencionamos lo brinda el Ministerio del Trabajo y Previsión Social) es una ayuda de carácter económico, que se otorga al trabajador que ha perdido su empleo por causas ajenas a su voluntad, por un lapso máximo de 360 días. Este beneficio es otorgado a través del Instituto de Normalización Previsional (INP) o Caja de Compensación respectiva según corresponda.

  • Personas que pueden optar por el mismoQuienes tienen a lo menos 52 semanas o 12 meses continuos o discontinuos de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
  • Estar inscrito en el Registro de Cesantes que debe llevar cada Institución Previsional o el Servicio Público respectivo.
  • Estar inscrito en el Registro de Cesantes que debe llevar cada Municipalidad, con el fin de asignarle trabajos de asistencia en beneficio de la comunidad.

Para llevar a cabo el pago de este beneficio, el INP o Caja de Compensación, solicita un certificado de inscripción que debe solicitarse en la OMIL.

Solicitud

Se debe solicitar una Certificación I.N.P. o Caja de Compensación, de lunes a viernes a las 8:30 AM., Departamento Social de Lunes a Viernes de 08:30 AM a 14:00 PM, en el Primer piso del Edificio Consistorial (ala sur), ubicado en Av. Peñablanca # 250 Algarrobo. Este certificado no tiene costo para usted.

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