Tramos Asignacion familiar

En esta nota les queremos hacer saber  que  recien en julio de cada año se deben actualizar los tramos de asignación familiary para ello deben presentar las declaraciones juradas de ingresos a las respectivas Entidades Administradoras del Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidio de Cesantía, dichas declaraciones juradas deben ser llenadas por los trabajadores que tengan cargas familiares.

Para muchos empleadores este tramite es burocrático y complejo, pero tiene gran importancia para los trabajadores, ya que cuentan con un dinero extra, además los deja como posibles beneficiarios de bonos que pueda otorgar el gobierno, como en los últimos años. 

Para entender un poco este trámite detallaré  en forma breve a los actores que participan en este proceso…

En primera medida hay que saber lo que representa la Asignación Familiar; Es un beneficio pecuniario que se paga mensualmente a las personas que tienen la calidad de beneficiarios del Sistema, cuyo ingreso mensual no exceda del máximo que anualmente se fija por ley, por cada causante que de asignación familiar que viva a sus expensas.

La asignación familiar se devenga desde el momento que se produce la causa que la genera, pero sólo se hace exigible a petición de parte y una vez acreditada su existencia.

Por otro lado, existe también la Asignación Maternal; Tienen el mismo tratamiento que la asignación familiar, y beneficia a las trabajadores que se encuentran embarazadas y a los trabajadores que tengan a su cónyuge embarazada y sea causante de asignación familiar, dicha asignación maternal debe acreditarse desde el 5° mes de embarazo.

El Monto del Beneficio :

Las asignaciones familiares y maternales tienen valores únicos según el tramo de ingresos del beneficiario, existiendo un límite máximo de ingresos hasta el cual se tienen derecho al beneficio pecuniario. Estos tramos y límite máximo se fijan por ley y rigen a partir del 1° de julio de cada año.

La asignación familiar causada por inválidos da derecho a un monto aumentado al duplo de la asignación familiar.

Financiamiento :

Las asignaciones familiares y maternales son pagadas con cargo al “Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidio de Cesantía”, el que es financiado exclusivamente con aportes fiscales, que se fijan en la Ley de presupuesto del Sector Público.

Beneficiarios:

Se entiende por beneficiario a aquellas personas o instituciones, que tienen personas a su cargo, a quienes producto del reconocimiento de un causante, se les ha otorgado el beneficio de la asignación familiar o maternal, según art. Nº 2 D.F.L. N°150, nombro alguna como ejemplo:
• Todos los trabajadores dependientes de los sectores público y privado.
• Los trabajadores independientes afiliados a un régimen de previsión.
• Los trabajadores que se hallen en goce de subsidio de cualquier naturaleza (Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral).

• Las personas que se hallen en goce de pensiones de cualquier régimen provisional.
• Instituciones que tengan a menores bajo el cuidado personal.

Algunos consejos para tener en cuenta:

1. Acreditar la carga ante la entidad administradora.
2. Presentar la declaración jurada de ingresos.
3. Tener la valorización de las cargas para poder pagarlas.
4. Las cargas mayores de 18 y hasta los 24 años se acreditan por semestre.

5. Las cargas familiares se puede cobrar en forma retroactiva hasta 5 años hacia atrás, contados desde la fecha actual.
6. Se paga junto con la remuneración a fin de mes.
7. Si el trabajador tiene 25 o más días trabajados se paga el valor completo de la carga, si es menor se paga proporcional a los días trabajados.

 

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