El Sueldo anual del sector minero llega a US$92.200 por trabajador. Podemos decir que el país es el sexto a nivel mundial, en entregar remuneraciones más altas. Estas son lideradas por Noruega (US$158.700 anuales); Australia (US$137 mil) y Canadá (US$101 mil).
Chile se ubica en el sexto lugar en el ranking de salarios en la minería, de un total 37 países productores en el mundo, alcanzando una remuneración anual promedio de US$92.200, unos $46 millones, o sea $3,8 millones mensuales. Chile ha escalado posiciones en los últimos años en materia de remuneraciones, superando a países como Perú, donde se recibe un promedio anual de US$73.100; Brasil (US$76.800); Nueva Zelandia (US$85.300), y Sudáfrica (US$68.400), entre otros competidores directos.
Sueldos altos en el Sector Minero:
Los sueldos más altos se pagan en:
- Noruega (US$158.700 anuales)
- Australia (US$137 mil)
- Canadá (US$101 mil).
El buen posicionamiento del país en este tema responde a la escasez de capital humano, ya que este fenómeno presiona al alza los salarios mineros.
Nueva ley de seguridad laboral en el Sector Minero:
El Reglamento del sector reconoce la actividad particular que se realiza a lo largo del país, lo que permitirá cumplir con los estándares de seguridad para enfrentar las tasas de accidentabilidad.
El ministro de Minería, Hernán de Solminihac, junto al presidente de la Sociedad Nacional de Minería (Sonami), Alberto Salas, dieron a conocer la aprobación de un nuevo capítulo del Reglamento de Seguridad Minera elaborado especialmente para regular la actividad de los pequeños mineros y mineros artesanales del país.
La aprobación de este nuevo título era una inquietud planteada por este sector, es por esto que nos propusimos entregar una solución que les permitiera a los pequeños mineros cumplir con los estándares de seguridad requeridos para operar de forma óptima sus faenas.
El objetivo de la normativa es solucionar los problemas que enfrenta la pequeña minería y la minería artesanal, relativos al cumplimiento del Reglamento de Seguridad Minera. El Reglamento actualmente vigente no hace distinción entre Gran Minería, Mediana Minería y Pequeña Minería y Minería Artesanal, de forma tal que los requisitos y condiciones que deben cumplirse son extremadamente complejos para este último segmento.
El nuevo título permitirá por primera vez dar un reconocimiento a la pequeña minería como aquellas faenas mineras cuya extracción subterránea o a rajo abierto y/o tratamiento de minerales sea igual o inferior a 5.000 toneladas por mes de mineral.
Esta categorización simplificará los procedimientos que deben realizar estas faenas mineras para dar cumplimiento a las normas de seguridad, pero sin cambiar los estándares con que hoy trabajan.
La aprobación del Capítulo XV del Reglamento de Seguridad Minera es un importante logro para la pequeña minería, ya que reconoce las particularidades de este relevante sector productivo del país. El compromiso de los asociados se manifiesta en nuestra tasa de accidentabilidad que es, desde hace muchos años y de forma sistemática, la más baja de todas las actividades productivas del país. La aprobación de esta capítulo especial para la pequeña minería nos alegra porque reconoce los esfuerzos que hace este sector en pos de la seguridad de sus trabajadores.