El Pago provisorio mensual (PPM) es un impuesto provisional sobre los ingresos brutos que debe ser pagado mensualmente, trámite que se realiza paralelamente con la declaración del IVA y las retenciones de impuestos.
El pago de este impuesto mensual debe realizarse directamente en Tesorería, durante los primeros 12 días de cada mes, a través del formulario 29 de Servicio de Impuestos Internos(SII).
El monto de estos pagos provisionales se calcula en base a una fórmula que establece la Ley de Renta, considerando un porcentaje variable que se aplica a los ingresos brutos de cada mes y que es determinado anualmente.
Para las empresas que recién están comenzando a funcionar como mismas, el monto de estos pagos equivale al 1% de los ingresos obtenidos.
Además de pagar obligatoriamente los PPM, la empresa puede efectuar pagos provisionales voluntarios por cualquier cantidad, ya sea de manera esporádica o permanente, durante cualquier día hábil del mes en Tesorería.
En el caso de que la empresa tuviera pérdidas en un año comercial, podrá suspender los pagos provisionales correspondientes a los ingresos brutos del primer trimestre del año comercial siguiente.
Si las pérdidas continúan, podrá solicitar que se le suspendan nuevamente los pagos, pero apenas se produzca alguna utilidad en algún trimestre, deben reanudarse los PPM correspondientes a los ingresos brutos del trimestre inmediatamente siguiente.