Crédito estatal para estudiantes de educación superior

Es un beneficio del Estado que se otorga a estudiantes de probado mérito académico que necesitan apoyo financiero para iniciar o continuar una carrera en alguna de las instituciones de educación superior acreditadas que forman parte del Sistema de Crédito con Garantía Estatal.

Su principal característica es que este crédito que entrega el sistema financiero está garantizado:

  • Por la institución en la que estudia el alumno (por el riesgo de deserción académica), y
  • Por el Estado, que será garante del beneficiario, hasta que éste haya pagado por completo el crédito una vez egresado.Las características principales de este crédito son:
    • Una vez asignado, el beneficio se extiende por toda la carrera, sin necesidad de postular nuevamente. Sin embargo, como el financiamiento consiste en desembolsos anuales, el beneficiario debe renovar su crédito, realizando cada año el trámite de matrícula en su institución, en los plazos que determine la casa de estudios, e indicando en www.ingresa.cl el monto que va a requerir para el año siguiente.
    • El alumno puede pedir el monto que se ajuste a sus necesidades y modificar todos los años ese valor, al momento de renovar su beneficio.
    • El monto mínimo de crédito que se puede solicitar es $200.000 y el máximo es el 100% del Arancel de Referenciaestablecido anualmente por el Ministerio de Educación para cada carrera e institución (www.becasycreditos.cl). Normalmente el Arancel de Referencia es menor que el arancel real de la carrera. La diferencia debe ser financiada por el estudiante.
    • Si por alguna circunstancia y sólo una vez matriculado con crédito en una institución del Sistema, el alumno decide que no requiere de financiamiento para cubrir uno o más años de su carrera, puede pedir valor cero, sin perder el beneficio (lo que significará que costeará por cuenta propia ese(os) año(s) de estudio). Si es nuevo beneficiario del crédito, de igual modo debe firmar en el banco aunque sea por monto cero, de manera de activar el beneficio.
    • El beneficiario tiene derecho a cambiarse una vez de institución/carrera sin perder el beneficio. El cambio se contabilizará sólo en el caso de que el alumno efectivamente utilice el crédito en su nueva carrera. Para hacer el cambio de carrera/institución, el beneficiario debe:
      • matricularse en el plazo máximo de 12 meses desde que abandona la anterior institución/carrera (de lo contrario será declarado desertor académico) y
      • asegurarse de que la nueva casa de estudios también forma parte del Sistema de Crédito con Garantía Estatal y lo acepta como alumno matriculado con crédito.
    • Se favorece la continuidad de estudios, puesto que el alumno puede seguir una carrera profesional al terminar una carrera técnica, con el mismo beneficio o con un segundo crédito.
    • Para este Crédito, que se otorga en UF y que está afecto al Impuesto de Timbres y Estampillas, existen tres plazos de pago: 10, 15 y 20 años, dependiendo de la duración de la carrera, del nivel de estudios en que esté el beneficiario y, en consecuencia, del monto total que adeudará. A menor monto, menor plazo de pago.

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    • La tasa de interés es fija para todo el plazo de cada uno de los créditos otorgados. Comisión Ingresa busca cada año el menor valor posible aplicable a créditos de este tipo en el mercado. En 2012, la tasa de interés será de UF + 2% anual.
    • El cobro del Crédito se hace efectivo:
      • Al egreso: en el mes 19, a partir de la fecha en que la institución declara el egreso del beneficiario de su carrera.
      • En caso de deserción académica: si el beneficiario NO es informado como alumno matriculado durante dos años consecutivos, declarándose su deserción. En tal caso, el cobro de la deuda se hará efectivo en el mes de octubre del segundo año sin matrícula informada.
    • En caso de cesantía o si la cuota supera la mitad del ingreso del alumno deudor, es posible suspender el pago de la deuda hasta por unmáximo de 12 meses, a solicitud del interesado a Comisión Ingresa.Asimismo el alumno egresado puede solicitar suspensión de pago del Crédito por un máximo de tres años si acredita que está cursando un Magíster en el extranjero, o por un máximo de cuatro años, si se trata de un Doctorado.
    • El Crédito incluye seguro de desgravamen e invalidez sin costo para el alumno

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