Subsidio Empleo Joven

Si eres trabajador dependiente o independiente puedes acceder al Programa Subsidio al Empleo Joven que es entregado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), que consiste en la entrega de un aporte monetario directo.

Son beneficiarios los trabajadores dependientes que:

  • Se rijan por el Código del Trabajo.
  • Tengan entre 18 y 25 años. A partir del 1 de enero de 2011, se terminará el beneficio para los trabajadores dependientes que cumplan 21 años y no cuenten con la Licencia de Enseñanza Media.
  • Integren un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre de la población del país, equivalente a un puntaje igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social (FPS) del Ministerio de Desarrollo Social.
  • Acrediten una renta bruta anual inferior a $4.428.000 en el año calendario en que soliciten el beneficio (pago anual).
  • Acrediten una renta bruta inferior a $369.000 (pagos provisionales mensuales).

No podrán acceder al Subsidio al Empleo Joven los trabajadores dependientes que se desempeñen en una institución del Estado o en una empresa con aporte estatal superior al 50%, además, de aquellos que estén contratados por entidades ejecutoras del Programa Inversión en la Comunidad (Mejor Trabajo), regidos por los Decretos Supremos N°1, del 2 de enero de 2009 y N° 23 del 10 de febrero de 2009, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Los trabajadores independientes que:

  • Tengan entre 18 y 25 años. A partir del 1 de enero de 2011, se terminará el beneficio para los trabajadores independientes que cumplan 21 años y no cuenten con la Licencia de Enseñanza Media.
  • Integren un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre de la población del país, equivalente a un puntaje igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social (FPS) del Ministerio de Desarrollo Social.
  • Acrediten una renta bruta anual inferior a $4.428.000 en el año calendario en que soliciten el beneficio (pago anual).
  • Acrediten una renta bruta inferior a $369.000 (pagos provisionales mensuales).
  • Acrediten rentas, según lo indica el N° 2 del Artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Estén al día en el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud.

No podrán acceder al Subsidio al Empleo Joven los trabajadores independientes que se desempeñen en una institución del Estado o en una empresa con aporte estatal superior al 50%, además, de aquellos que estén contratados por entidades ejecutoras del Programa Inversión en la Comunidad (Mejor Trabajo), regidos por los Decretos Supremos N°1, del 2 de enero de 2009 y N° 23 del 10 de febrero de 2009, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Los pasos para postular son en línea a través del portal del Subsidio al Empleo Joven del Sence, www.subsidioempleojoven.cl

Si aún no estás registrado, debes hacer clic en Registrarse, seleccionar el tipo de beneficiario y completar la información solicitada.
Cuando se pida la “Serial C.I”, se refiere al número de serie que aparece al reverso de la Cédula de Identidad.

Si ya estás registrado, debes ingresar con el RUT y contraseña.
Para pedir el Subsidio al Empleo Joven, debes hacer clic en Solicitar subsidio, para luego completar el formulario y grabar la solicitud.

El Sence tiene un plazo de 90 días hábiles para dar a conocer el resultado de la postulación, ya sea por correo electrónico o el domicilio particular (según la opción que hayas elegido).
No puedes postular si…

Eres un trabajador dependiente o independiente en una institución del Estado o en una empresa con aporte estatal superior al 50%.

¿Cómo me pagan?

A los trabajadores dependientes les corresponderá 2/3 del subsidio, mientras que el empleador recibirá 1/3 del mismo. No es obligación que ambos soliciten el beneficio, ya que la postulación y los montos otorgados son independientes.
El pago a las personas que se desempeñan como independientes será anual, mientras que los trabajadores dependientes podrán optar al pago mensual o anual.

Los empleadores que paguen fuera de plazo las cotizaciones previsionales y de salud de sus trabajadores, perderán el subsidio durante el mes correspondiente. Asimismo, se suspenderá el pago del beneficio a sus empleados hasta que cancelen la deuda.

Si solicitas los pagos en efectivo, debes presentarte en la Red de Atención de Banco estado o ServiEstado con tu Cédula de Identidad. Pero si solicitaste depósito en cuenta bancario, se abona a la cuenta.

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