En la letra de ley de la última Reforma Previsional encontramos que, en reemplazo de la Garantía Estatal de Pensión Mínima, se creó un Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) cuyos principales beneficios son la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Solidario (APS).
Es importante destacar las diferencias entre ambos conceptos, aunque los requisitos para acceder a estos beneficios son los mismos, que detallamos a continuacion:
Pensión Básica Solidaria (PBS)
El concepto de la Pensión Básica Solidaria o PBS es muy simple, otorgándose a quienes no tienen ahorros previsionales y se encuentra vigente desde el 01 de julio de 2008. Actualmente el monto de esta pensión es de $80.528. De esta manera, se encuentra destinado a las personas que no tienen derecho a pensión en ningún régimen previsional, por no haberse incorporado o que habiéndolo hecho, no cumplieron los requisitos exigidos para obtener una pensión.
Aporte Previsional Solidario (APS)
A diferencia de la Pensión Básica Solidaria, el Aporte Previsional Solidario exige que el beneficiario haya cotizado. Es un beneficio que complementa la pensión, y el monto del aporte es proporcional a las cotizaciones efectuadas, decreciendo en relación al monto de la pensión que perciba, hasta extinguirse en caso que la pensión alcance un monto igual o superior a $261.758.
Los pensionados mayores de 65 años que perciben Garantía Estatal pueden optar por el Sistema de Pensiones Solidarias o permanecer con la Garantía Estatal. Los afiliados con 50 años de edad cumplidos al 1 de julio de 2008, que tengan derecho a la Garantía Estatal, podrán elegir entre ésta y el Sistema de Pensiones Solidario. Por lo tanto, la Garantía Estatal se irá extinguiendo en el tiempo.
Cuándo se acaba el beneficio de la Pensión Basica Solidaria?
Volviendo un poco al tema de la Pensión Básica Solidaria, los beneficios de la pensión básica solidaria de vejez e invalidez, se extinguen por:
El IPS podrá, en cualquier oportunidad, revisar el otorgamiento de los beneficios del Pilar Solidario, y les pondrá término cuando verifique que existe alguna causal de extinción.