Planes de Pensiones Banco Sabadell

Banco Sabadell es una de las principales entidades financieras de España. A lo largo de los años se ha posicionado como un jugador muy importante en el mercado financiero ibérico, que lo ha llevado a ser considerada una de las entidades mas solventes del país.

En este sentido, la solvencia es un punto fundamental a la hora de elegir quien gestionara sus planes de pensiones, aquellos que le aseguraran un buen pasar al jubilarse.

Así, la oferta de planes de pensiones del Banco Sabadell es bastante amplia. Banco Sabadell  ofrece planes 100% flexibles, que le permiten seleccionar el tipo de inversión y cambiarlo en cualquier momento sin ningún coste.

Puede elegir entre una amplia selección de Planes de Pensiones que abarcan diferentes perfiles de inversión:

  • BS Plan Monetario
  • BS Plan Renta Fija
  • BS Plan 15
  • BS Plan 60
  • BS Plan Renta Variable

Consejos para contratar su plan de pensiones

Un punto muy importante de este producto es el ahorro fiscal que le implica invertir en alguno de estos productos. Asi, realizar aportaciones periódicas en planes de pensiones le ayudará a maximizar su ahorro fiscal, sin ahogarlo a fin de año cuando desee hacerlo y quiza no cuente con todo el dinero que quisiera ahorrar. Empiece a pensar en sus finanzas hoy mismo y así le será más fácil acumular un capital que le permita obtener la desgravación fiscal que desea.

Para acumular el capital para la jubilación que le permita desgravar, dispone de los planes de pensiones y de los planes de previsión asegurado.

Fiscalidad de los Planes de Pensiones

La principal ventaja es reducir la base imponible del IRPF, con los siguientes límites máximos, dependiendo de la edad del aportante:

  • Si usted tiene hasta 50 años, el límite anual es 10.000 € (con el tope del 30% de la suma de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas)
  • Si tiene más de 50 años, el límite es de 12.500 € (con un tope del 50% de los ingresos).

Estos límites podrán subir ya que, con independencia de las reducciones anteriores, si su cónyuge percibe rentas inferiores a 8.000 euros anuales, podrá reducir las aportaciones realizadas a favor de su cónyuge, con el límite máximo anual de 2.000 euros.

Existen casos especiales para aquellas personas con minusvalía igual o superior al 65%, que podrán aportar hasta un límite de 24.250 euros. Y si usted es familiar de minusválido en línea directa, colateral hasta el tercer grado o cónyuge, y quiere hacer aportaciones a favor de éste, podrá hacerlas de forma complementaria a la suya, siempre con el límite de 10.000 euros anuales.

En ningún caso podrá superarse conjuntamente el límite de 24.250 €.

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